Normativa de la Legionella

El Nuevo Real Decreto 487/2022 para la prevención y el control de Legionella

El pasado 22 de junio de 2022, el BOE publicó el nuevo Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. Este Real Decreto entrará en vigor el día 2 de enero de 2023.

El nuevo Real Decreto 487/2022 pretende actualizar el actual marco regulatorio al conocimiento e información técnico-científica y epidemiológica sobre Legionella. Ahora que se ha publicado oficialmente, es el momento de analizar en profundidad para determinar las implicaciones que este cambio normativo supone para nuestros clientes.
Os avanzamos los aspectos clave a destacar:

  • Incorporación del concepto de evaluación de riesgo como herramienta necesaria para el control y prevención de la legionelosis.
  • Ampliación de la lista de instalaciones de riesgo.
  • Implantación obligatoria en las instalaciones de un PPCL (Plan de Prevención y control de Legionella).
  • Actualización de aspectos relativos a la toma de muestras y a los métodos analíticos, con exigencias particulares por tipología de instalación.
  • Actualización de los requisitos en materia de capacitación y formación de las personas que intervienen en los programas de mantenimiento higiénico-sanitario, tratamiento del agua y muestreo: cualificación profesional específica de Legionella.
  • Prórroga de 5 años, desde la entrada en vigor del Real Decreto, de la validez de los actuales certificados de formación según Orden SCO/317/2003 (cursos de 25h).
  • Adecuación de los programas de mantenimiento higiénico-sanitario y de los programas de muestreo para mejorar la representatividad de estos últimos.

Desde Anticimex os acompañaremos en este proceso para asesoraros en la adaptación y cumplimiento adecuado del nuevo marco legal que entran en vigor en enero de 2023.

Aplicación de la Norma UNE 100030:2017 según las Asociaciones Nacionales

Las Asociaciones Nacionales que representan al Sector profesional de Prevención y Control de la Legionella en España, han elaborado un documento, Aplicación de la Norma UNE 100030:2017 respecto a lo establecido en el Real Decreto 865/2003, cuyo objetivo es el de aclarar algunas dudas relativas al criterio de aplicación de la norma, dentro del marco legal definido por el Real Decreto 865/2003. Todo ello a la espera de una comunicación por parte del Ministerio de Sanidad que dé oficialidad a dichos criterios de aplicación en relación a aspectos concretos de la norma.

Las Asociaciones del sector identifican tres tipos de aspectos contemplados en la norma y hacen la siguiente interpretación:

  1. Aspectos contradictorios con el RD: que no deben aplicarse.
  2. Aspectos más estrictos que el RD: de carácter voluntario, aunque muy recomendable su aplicación.
  3. Aspectos complementarios con el RD: son de carácter obligatorio e incluyen todos los aspectos no recogidos en los puntos anteriores.

Para las Asociaciones del sector, el punto 3 puede afectar a los criterios de muestreo del anexo 3 (agua sanitaria) y del anexo 4 (para torres de refrigeración y condensadores evaporativos) del RD, que indica “análisis mínimo de Legionella”. Por tanto se puede considerar como complementario el aumento de análisis propuesto en el anexo F de la norma en agua sanitaria, en función del número de puntos terminales, y análisis mensuales en torres de refrigeración y condensadores evaporativos.

Desde Anticimex valoramos enormemente cualquier tipo de propuesta que contribuya a la minimización del riesgo, por tanto consideramos que estos criterios de muestreo deberían ser tenidos en consideración.

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